COMITÉ DEPARTAMENTAL DE EMERGENCIA DE TREINTA Y TRES
Treinta y Tres, 21 de Agosto de 2020.-
VISTO: la emergencia nacional sanitaria declarada por Decreto 93/2020 el día 13 de marzo 2020 y la habilitación de los espectáculos públicos que cumplan los protocolos aprobados por el Poder Ejecutivo específicamente para cada actividad dispuesta por Decreto 182/2020 del día 24 de Junio de 2020.-
RESULTANDO:
I.- Que se observa en la Ciudad de Treinta y Tres una disminución en los cuidados y adopción de medidas concretas tendientes a evitar la propagación del virus COVID 19, especialmente lo referido al mantenimiento del “distanciamiento físico” sostenido, facilitando la aglomeración de personas en diferentes actividades.-
II.- Que desde algunos años la celebración de la “fiesta de la nostalgia” los días 24 de Agosto convoca a grandes multitudes tanto en espacios abiertos como cerrados.-
CONSIDERANDO:
I.- Que la realización de espectáculos públicos o eventos sociales con motivo de la celebración de la fiesta de la nostalgia constituye un grave riesgo de transmisión de COVID 19 en virtud de la aglomeración de personas.-
II.- Que debe perseguirse como bien supremo la preservación de la vida humana y la salud de los habitantes, extremando las precauciones para evitar la propagación de dicho virus.-
III.- Que únicamente están habilitados los espectáculos públicos “que cumplan los protocolos aprobados por el Poder Ejecutivo específicamente para cada actividad” (Decreto 182/2020).-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y lo dispuesto por la Ley 18.621 de 25 de Octubre de 2009; Decreto 93/2020 de 13 de Marzo de 2020, Decreto 182/2020 del 24 de Junio 2020; el Comité Departamental de Emergencias de Treinta y Tres en consulta,
RESUELVE:
1.- Informar que sigue vigente la situación de emergencia sanitaria dispuesta por Decreto 93/2020.-
2.- Siguiendo las pautas del Ministerio de Salud Pública no se recomienda, “hasta que no se obtenga una orden explícita del Poder Ejecutivo, la realización de espectáculos públicos o de acceso público dónde pueda darse aglomeración de personas o se incumplan las medidas de prevención de la pandemia, fuera de las condiciones previstas en los protocolos”.-
3.- Comunicar a la población que se pondrá en práctica un importante operativo Interinstitucional de control y fiscalización del cumplimiento de las normas sanitarias en vigencia, y en caso de constatarse incumplimientos serán debidamente notificados a la Fiscalía Letrada Departamental a efectos de determinar responsabilidades penales.-
4.- Recordar que los Organismos competentes podrán disponer el cese de aquellos eventos que impliquen aglomeraciones de personas que pongan en riesgo la salud de la población favoreciendo la propagación de la pandemia, como reiteradamente se viene informando-
5.- Dese la mayor difusión a la presente información y recomendación