Comienza el período de Declaraciones Juradas de DICOSE 2018
A partir del lunes 2 al 31 de Julio se realizará la recepción de declaración Jurada anual de DICOSE para todos los productores rurales.
Giros Comerciales y DICOSE interdictos la realizarán en formato electrónico dentro de todo el mes de Julio, debiendo solicitar usuario y contraseña del SNIG para el trámite.
Este año la opción sigue siendo optativo en cuanto a realizarlo en formato papel o electrónico.
Recepción de las mismas en formato papel en Vergara se realiza de lunes a viernes de 13 a 18 horas en la Oficina Administrativa de Seccional Novena, en la Oficina Departamental, sito en Manuel Meléndez 331 el horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a 13:00 horas, debiendo previamente retirar número.
Entrega de Formularios Únicamente en la coordinadora Departamental de DICOSE a partir del 27 de junio en horario de oficina de 8 a 13 horas, debiendo concurrir con la última declaración.
Hay escacez de formulario papel, solo entregarán formulario en Treinta y Tres y seccionales que queden en stock de años anteriores.
El costo del trámite es un timbre profesional $ 170.
• Recibo de OSE.
• CI del titular del trámite.
• Número de padrón de la vivienda.
Sí necesita apoyo económico para realizar la obra:
• Recibo de OSE.
• Recibo de otro tributo que acredite ser propietario o poseedor de la vivienda.
• CI del titular del trámite y de cada integrante del núcleo familiar.
• Número de padrón de la vivienda.
• Recibos o documentos que acrediten los ingresos de cada uno de los integrantes del núcleo familiar (sueldo, apoyo económico MIDES si lo tuviera, asignaciones familiares, jubilaciones, pensiones, etc.) de los últimos 3 meses.
• Historial laboral de los mayores de 18 años expedida por BPS.
• Presupuesto de la obra de adecuación de la sanitaria interna a realizar.
• Croquis de la obra a realizar (con cantidad de cámaras, diámetro y longitud de cañerías, sifón desconector, etc.) lo más claro posible.
La obligatoriedad rige para los propietarios y promitentes compradores de inmuebles con frente a la misma.
La ley establece que cuando se trate de edificaciones construidas en terrenos con frente a la red pública de saneamiento existente, el plazo para la conexión será de un año.
La obligación de conexión quedará cumplida cuando la totalidad de las aguas residuales que genere el inmueble se vierta a la red. En las obras de sanitaria interna se deberá prever la idoneidad para esa conexión.
Las personas en situación de vulnerabilidad podrán acceder a subsidios estatales, otorgados por la Intendencia de Montevideo y la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) para concretar las obras internas en sus viviendas que permitan la conexión.
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