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PROGRAMACION GRILLA FESTIVAL DEL OLIMAR 2015 (grilla no oficial  datos recabados de la conferencia de prensa)

 

GRILLA FESTIVAL DEL OLIMAS 2015

SABADO 28 DE MARZO:

-Recitador Maldonado

-19/Sharon Araujo (ganador del concurso de la juventud) 

 -Juan Carlos López con Escobar el payador

 -Federico García

-Guitarras tres

-Cuarteto Rica Cosa

-Javier Seguí

-Manuel Días

-Ricardo Canario Martínez

-Larranua Carrero

 

DOMINGO 29

19-Hijos del saltarían (ganadores el año pasado como concurso en 33)

-Matías patrón 

-Virginia Betancur

-Los de Yerbal

- Diego Manara

-José Ituarte

-Canta Claro

-Carlos Alberto Rodríguez

-Maciegas

-Tabaré Cardozo

 

 

 

LUNES 30

-Ganadores en categoría dúos del año pasado (LOS JULARES  de Maldonado)

-Matías Mandián

-Mario Martinelli

-Los Yaraví

-Laura Correa (Río Branco)

-Raíces

-Pancho Ruiz

-Solipalma

-Cerno

 

MARTES 31

-Gastón Rota (ganador año pasado solista de Maldonado)

-Entre Ríos

-Marcelo Ledesma (Vergara)

-Guitarras del Olimar

-Del Palo

-Luis Alberto Fontes

-Copla Alta

-Negrucho Washington Mateu

 -Pepe Guerra

-Jaime Ross

 

MIERCOLES 1

 

-Los Nocheros 

 

 MAS INFO WWW.FESTIVALDELOLIMAR.TK

 

Los Nocheros estarán el miercoles 1 de abril en Treinta y Tres, en el escenario Serafín J. Garcia, luego de culminado el Festival del Olimar 2015.

PRECIOS DEL CAMPING

La Comisión Organizadora del Festival resolvió los precios que se cobrarán durante el desarrollo del Festival a orillas del Olimar Maestro Rubén Lena, en lo que respecta a las zonas de camping.

 

PRECIOS DEL CAMPING POR PARCELA:

Parcela (medida de 4 x 4 mts aprox.)

La estadia es por la semana de Turismo.

ZONA A: ..... $ 1.850 (pesos uruguayos un mil ochocientos cincuenta) para 5 personas entrada libre para 1 vehiculo.

ZONA B: ..... $ 1200  (pesos uruguayos un mil doscientos) para 5 personas entrada libre para 1 vehiculo.


Acampar por día (exclusivamente en Zona A): .......... $ 600 (pesos uruguayos seiscientos)

No se realizarán reservaciones previas.

Por Informes de Camping. GRUPO SCOUT Cel. 091 39 90 40      

LLAMADOS

Llamado Nº1

LLAMADO A OFERTAS PARA LA CONCESIÓN DE LOCALES COMERCIALES GASTRONOMICOS: 
STANS DE VENTA DE COMIDAS AL PASO

  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, a través de la Dirección de Hacienda (Oficina del Contador) llama a interesados en la instalación y explotación de puestos de comidas en el parque del Río Olimar desde el 28 de marzo al 01 de abril de 2015 de acuerdo a lo estipulado en las siguientes bases y en los espacios físicos determinados a tales efectos.
  2. Las ofertas deberán presentarse escritas a maquina, o PC, firmadas y con copia. Las expresiones de cantidad serán consignadas en letras y números. En caso de diferencias valdrá la suma expresada en letras.
  3. Detallar actividades que piensa realizar, tipo de comidas,  bebidas a comercializar y equipamiento que piensa instalar (equipos de frío, vitrinas, deposito para agua potable, etc).
  4. Con respecto a las bebidas solo podrán comercializar las marcas de  bebidas que designe la administración.
  5. Deberán ser presentadas personalmente por el oferente o quien le represente en sobre cerrado en la Dirección de Hacienda (Oficina del Cr.) de la IDTT, a partir del día 02 de marzo hasta el día 09 de marzo del presente año, en el horario de atención al público  o por mail si reside fuera de la ciudad de Treinta y Tres (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).
  6. El proponente deberá expresar nombre, apellido, cedula de identidad, teléfono y domicilio. Si es empresa unipersonal o sociedad, deberá indicar además razón social y RUT.
  7. La oferta deberá contar con una propuesta económica, que en ningún caso podrá ser menor de $ 7.000 (pesos uruguayos siete mil).
  8. Los oferentes que posean antecedentes y/o referencias en servicios similares podrán agregarlos a su oferta, mediante la documentación probatoria.
  9. El adjudicatario deberá equipar el local con el mobiliario que amerite el servicio. La potencia de los equipos eléctricos no podrá exceder los 1000 watts.
  10. En el local de venta deberá colocarse carteles en los que se indique de manera bien visible los precios de venta de los artículos ofrecidos. El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a sanciones que la comisión determinará y que serán de carácter inapelable.
  11. La apertura de los sobres se realizara en forma pública el día 10 de marzo a las 17:00 horas en la Casa de la Cultura de la IDTT, procediéndose a la adjudicación del lugar correspondiente el 11 de marzo a las 18:00 horas. En caso de que ninguna de las ofertas cumpla con los requerimientos que se establecen, la Organización se reserva el derecho de declararlo desierto y efectuar un nuevo llamado.
  12. En el momento de estudiar las ofertas se tendrá en cuenta especialmente a los efectos de la adjudicación:
    1. Cumplimiento de las bases y condición del llamado.
    2. Monto ofrecido.
    3. Se dará atención preferencial a los residentes del departamento.
    4. Antecedentes.
    5. Condiciones que garanticen calidad en el suministro y efectividad.
  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, podrá, al amparo de lo establecido en el Art. Nº66 del TOCAF, en el caso de presentación de ofertas similares, entablar negociaciones con los respectivos oferentes con la finalidad de obtener mejores condiciones técnicas, de calidad o de precio.
  2. El 50% (cincuenta por ciento) del monto ofertado deberá abonarse al otro día de la adjudicación en la Dirección de Hacienda, completándose dicho monto al momento de instalarse.
  3. El incumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio adjudicado o de las directivas impartidas por el Departamento de Higiene de la IDTT, dará lugar a que la institución, a través de la Dirección de Hacienda rescinda automáticamente el mismo. Para el caso de renuncia del adjudicatario, este perderá el precio ofrecido y abonado.
  4. Para el caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas se aplicara una multa de 20 UR. En tanto no se de cumplimiento no podrán ser retiradas del local las mercaderías.
  5. En ningún caso se admitirá la cesión de las obligaciones derivadas de las propuestas del contrato.
  6. Debido a que los espectáculos programados se realizan al aire libre, la Organización se reserva el derecho de suspenderlos total o parcialmente  y/o modificar sus horarios, por razones de fuerza mayor, así como a modificar fechas, estas determinaciones no darán derecho a reclamación de tipo alguno por parte del preemisario, no pudiendo reclamarse la exoneración de pago alguno.
  7. Por el solo hecho de participar en el llamado, los interesados declaran que conocen y aceptan en todos los términos lo establecido en la normativa vigente.
  8. El contratante deberá autorizar y facilitar la actuación del personal Municipal, debidamente identificados que dejará constancia al momento de su actuación respectiva.
  9. Los oferentes deberán poner en la carátula del Sobre cerrado el Número del Llamado y el objeto del llamado a precio.
  10. Estará prohibido la conexión de hornos o cualquier tipo de calentadores eléctricos, se exigirá la colocación de lámparas de bajo consumo y se prohibirá reflectores de cualquier tipo.
  11. Para concretar la adjudicación el oferente deberá presentar carne de salud vigente y carne de manipulador de alimentos o constancia de haber realizado curso de todo el personal que actúe en el lugar.
  12. Sólo se podrá comercializar las bebidas que proveerá la empresa que resulte adjudicataria para la venta de los referidos productos en el predio del Rio Olimar. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres fijara el precio máximo y mínimo de venta de cada bebida.
  13. Las empresas que resulten adjudicatarias no podrán colocar publicidad de terceras empresas, salvo autorización de la Comisión Organizadora del Festival.

  

DEPARTAMENTO DE HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE

SECCIÓN BROMATOLOGÍA

FESTIVAL  A ORILLAS DEL OLIMAR - 2015

 

VENTA DE ALIMENTOS

Tipo de alimento permitido

  • Alimentos envasados: deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen.-
  • Alimentos que se preparan en el  lugar (tortas fritas, pasteles, empanadas, panchos, comida de olla, etc): La manipulación en el lugar debe ser la mínima posible (fritura, cocción, asado, etc).-
  • Bebidas, al igual que los alimentos envasados deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen. La venta debe ser en envases originales, no permitiéndose fraccionamiento. Deben ser abiertos en presencia del cliente.-
  • Vino con frutilla o similares: Se trata de tragos que deben serpreparados en el lugar  y  como tales deben ser entregados al consumidor final únicamente en vasos descartables o envases de primer uso (se prohíbe expresamente reutilizar botellas de plástico descartables).-
  • No se podrá reutilizar material descartable para  contacto directo con el alimento. Fundamenta esta prohibición evitar riesgos para la salud por contaminación a través de los mismos.-

Son obligaciones del adjudicatario:

  • Mantener en perfecto estado de higiene el lugar y su entorno cercano (colocación de recipientes para residuos con tapa dentro y fuera del puesto).-
  • La utilización en forma permanente de vestimenta (compuesta de uniforme, túnica o delantal) y gorro de color claro y en perfecto estado de conservación e higiene.-
  • Disponer permanentemente de Carnet de Salud vigente y Carnet de Manipulador de Alimentos (o constancia de haber realizado el Curso) de todo el personal que actúe en el lugar. Se presentará listado de todo el personal a trabajar en el lugar con sus correspondiente documentación.-
  • La manipulación higiénica de los productos que se expendan,
  • evitando el contacto directo de los alimentos con las manos del manipulador en el servicio de los mismos.-
  • lavado de manos cada vez que sea necesario.-
  • separación  de alimentos crudos de los que ya han sido cocidos o están prontos para el consumo.-
  • uso de ingredientes seguros.-
  • Asegurar la adecuada conservación del alimento hasta su consumo, protegidos del polvo y otro tipo de contaminación (prever la instalación de vitrinas u otro tipo de protección).  Los alimentos que así lo requieran deberán ser conservados en refrigeración.-
  • Concurrir a las reuniones que la Sección Bromatología cite con anterioridad al evento.-
  • Permitir la Inspección Bromatológica Municipal por parte de funcionarios debidamente autorizados y con la correspondiente identificación, en cualquier oportunidad y momento en que ello se disponga.-

 

 

Llamado Nº2

LLAMADO A INTERESADOS PARA LA CONCESIÓN DE UN ESPACIO LIBRE

  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, a través de la Dirección de Hacienda (Oficina del Contador) llama a interesados en la instalación y explotación de un Espacio Libre de hasta 80 m2 en el Parque del Rió Olimar desde el 28 de marzo al 01 de abril de 2015 de acuerdo a lo estipulado en las siguientes bases y plano adjunto.
  2. Las ofertas deberán presentarse escritas a maquina, o PC, firmadas y con copia. Las expresiones de cantidad serán consignadas en letras y números. En caso de diferencias valdrá la suma expresada en letras.
  3. Detallar actividades que piensa realizar, tipo de comidas,  bebidas a comercializar y equipamiento que piensa instalar (equipos de frío, vitrinas, deposito para agua potable, etc).
  4. Con respecto a las bebidas solo podrán comercializar las marcas de  bebidas que designe la administración.
  5. Deberán ser presentadas personalmente por el oferente o quien le represente en sobre cerrado en la Dirección de Hacienda (Oficina del Cr.) de la IDTT, a partir del día 02 de marzo hasta el día 09 de marzo del presente año, en el horario de atención al público o por mail si reside fuera de la ciudad de Treinta y Tres (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).
  6. El proponente deberá expresar nombre, apellido, cedula de identidad, teléfono y domicilio. Si es empresa unipersonal o sociedad, deberá indicar además razón social y RUT.
  7. La oferta deberá contar con una propuesta económica, que en ningún caso podrá ser menor de $ 100.000 (pesos uruguayos cien mil).
  8. Los oferentes que posean antecedentes y/o referencias en servicios similares podrán agregarlos a su oferta, mediante la documentación probatoria.
  9. El adjudicatario deberá equipar el local con el mobiliario que amerite el servicio. La potencia de los equipos eléctricos no podrá exceder los 5000 watts.
  10. Solo podrá explotar los servicios solicitados, no pudiendo anexar otros.
  11. En el local de venta deberá colocarse carteles en los que se indique de manera bien visible los precios de venta de los artículos ofrecidos. El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a sanciones que la comisión determinará y que serán de carácter inapelable, las cuales podrán consistir en multas pecuniarias llegando incluso a la expulsión del oferente del lugar asignado, sin derecho a solicitar la devolución de los montos entregados a la administración.
  12. La apertura de los sobres se realizara en forma pública el día 10 de marzo a las 17:00 horas en la Casa de la Cultura de la IDTT, procediéndose a la adjudicación del lugar correspondiente el 11 de marzo a las 18:00 horas. En caso de que ninguna de las ofertas cumpla con los requerimientos que se establecen, la Organización se reserva el derecho de declararlo desierto y efectuar un nuevo llamado.
  13. En el momento de estudiar las ofertas se tendrá en cuenta especialmente a los efectos de la adjudicación:
    1. Cumplimiento de las bases y condición del llamado.
    2. Monto ofrecido.
    3. Se dará atención preferencial a los residentes del departamento.
    4. Antecedentes.
    5. Condiciones que garanticen calidad en el suministro y efectividad.
  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, podrá, al amparo de lo establecido en el Art. Nº66 del TOCAF, en el caso de presentación de ofertas similares, entablar negociaciones con los respectivos oferentes con la finalidad de obtener mejores condiciones técnicas, de calidad o de precio.
  2. El 50% (ciencuenta por ciento) del monto ofertado deberá abonarse al otro día de la adjudicación, completándose dicho monto al momento de instalarse.
  3. El incumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio adjudicado o de las directivas impartidas por el Departamento de Higiene de la IDTT, dará lugar a que la institución, a través de la Dirección de Hacienda rescinda automáticamente el mismo. Para el caso de renuncia del adjudicatario o rescisión del contrato, este perderá el precio ofrecido y abonado.
  4. Para el caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas se aplicara una multa de 100 UR. En tanto no se de cumplimiento no podrán ser retiradas del local las mercaderías.
  5. En ningún caso se admitirá la cesión de las obligaciones derivadas de las propuestas del contrato.
  6. Debido a que los espectáculos programados se realizan al aire libre, la Organización se reserva el derecho de suspenderlos total o parcialmente  y/o modificar sus horarios, por razones de fuerza mayor, así como a modificar fechas, estas determinaciones no darán derecho a reclamación de tipo alguno por parte del preemisario, no pudiendo reclamarse la exoneración de pago alguno.
  7. Por el solo hecho de participar en el llamado, los interesados declaran que conocen y aceptan en todos los términos lo establecido en la normativa vigente.
  8. El contratante deberá autorizar y facilitar la actuación del personal Municipal, debidamente identificados que dejará constancia al momento de su actuación respectiva.
  9. Los oferentes deberán poner en la carátula del Sobre cerrado el Número del Llamado y el objeto del llamado a precio.
  10. Estará prohibido la conexión de hornos o cualquier tipo de calentadores eléctricos, se exigirá la colocación de lámparas de bajo consumo y se prohibirá reflectores de cualquier tipo.
  11. Para concretar la adjudicación el oferente deberá presentar carne de salud vigente y carne de manipulador de alimentos o constancia de haber realizado curso de todo el personal que actúe en el lugar.
  12. Sólo se podrá comercializar las bebidas que proveerá la empresa que resulte adjudicataria para la venta de los referidos productos en el predio del Rio Olimar. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres fijara el precio máximo y mínimo de venta de cada bebida.
  13. Las empresas que resulten adjudicatarias no podrán colocar publicidad de terceras empresas, salvo autorización de la Comisión Organizadora del Festival.

  

DEPARTAMENTO DE HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE

SECCIÓN BROMATOLOGÍA

FESTIVAL  A ORILLAS DEL OLIMAR - 2015

VENTA DE ALIMENTOS

Tipo de alimento permitido

  • Alimentos envasados: deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen.-
  • Alimentos que se preparan en el  lugar (tortas fritas, pasteles, empanadas, panchos, comida de olla, etc): La manipulación en el lugar debe ser la mínima posible (fritura, cocción, asado, etc).-
  • Bebidas, al igual que los alimentos envasados deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen. La venta debe ser en envases originales, no permitiéndose fraccionamiento. Deben ser abiertos en presencia del cliente.-
  • Vino con frutilla o similares: Se trata de tragos que deben serpreparados en el lugar  y  como tales deben ser entregados al consumidor final únicamente en vasos descartables o envases de primer uso (se prohíbe expresamente reutilizar botellas de plástico descartables).-
  • No se podrá reutilizar material descartable para  contacto directo con el alimento. Fundamenta esta prohibición evitar riesgos para la salud por contaminación a través de los mismos.-

Son obligaciones del adjudicatario:

  • Mantener en perfecto estado de higiene el lugar y su entorno cercano (colocación de recipientes para residuos con tapa dentro y fuera del puesto).-
  • La utilización en forma permanente de vestimenta (compuesta de uniforme, túnica o delantal) y gorro de color claro y en perfecto estado de conservación e higiene.-
  • Disponer permanentemente de Carnet de Salud vigente y Carnet de Manipulador de Alimentos (o constancia de haber realizado el Curso) de todo el personal que actúe en el lugar. Se presentará listado de todo el personal a trabajar en el lugar con sus correspondiente documentación.-
  • La manipulación higiénica de los productos que se expendan,
  • evitando el contacto directo de los alimentos con las manos del manipulador en el servicio de los mismos.-
  • lavado de manos cada vez que sea necesario.-
  • separación  de alimentos crudos de los que ya han sido cocidos o están prontos para el consumo.-
  • uso de ingredientes seguros.-
  • Asegurar la adecuada conservación del alimento hasta su consumo, protegidos del polvo y otro tipo de contaminación (prever la instalación de vitrinas u otro tipo de protección).  Los alimentos que así lo requieran deberán ser conservados en refrigeración.-
  • Concurrir a las reuniones que la Sección Bromatología cite con anterioridad al evento.-
  • Permitir la Inspección Bromatológica Municipal por parte de funcionarios debidamente autorizados y con la correspondiente identificación, en cualquier oportunidad y momento en que ello se disponga.-

 

Llamado Nº3

LLAMADO A OFERTAS PARA LA CONCESIÓN DE LOCALES COMERCIALES GASTRONOMICOS: STANDS DE VENTA DE COMIDAS AL PASO (Tortas fritas y pasteles).

  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, a través de la Dirección de Hacienda (Oficina del Contador) llama a interesados en la instalación y explotación de puestos de comidas de ventas de tortas fritas y pasteles en el Parque del Rió Olimar desde el 28 de marzo al 01 de abril de 2015 de acuerdo a lo estipulado en las siguientes bases.
  2. Las ofertas deberán presentarse escritas a maquina, o PC, firmadas y con copia. Las expresiones de cantidad serán consignadas en letras y números. En caso de diferencias valdrá la suma expresada en letras.
  3. Con respecto a las bebidas solo podrán comercializar las marcas de  bebidas que designe la administración.
  4. Deberán ser presentadas personalmente por el oferente o quien le represente en sobre cerrado en la Dirección de Hacienda (Oficina del Cr.) de la IDTT, a partir del día 02 de marzo hasta el día 09 de marzo del presente año, en el horario de atención al público o por mail si reside fuera de la ciudad de Treinta y Tres (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).
  5. El proponente deberá expresar nombre, apellido, cedula de identidad, teléfono y domicilio. Si es empresa unipersonal o sociedad, deberá indicar además razón social y RUT.
  6. La oferta deberá contar con una propuesta económica, que en ningún caso podrá ser menor de $ 4.000 (pesos uruguayos cuatro mil).
  7. Los oferentes que posean antecedentes y/o referencias en servicios similares podrán agregarlos a su oferta, mediante la documentación probatoria.
  8. El adjudicatario deberá equipar el local con el mobiliario que amerite el servicio. La potencia de los equipos eléctricos no podrá exceder los 1000 watts.
  9. Solo podrá explotar los servicios solicitados, no pudiendo anexar otros.
  10. En el local de venta deberá colocarse carteles en los que se indique de manera bien visible los precios de venta de los artículos ofrecidos. El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a sanciones que la comisión determinará y que serán de carácter inapelable, las cuales podrán consistir en multas pecuniarias llegando incluso a la expulsión del oferente del lugar asignado, sin derecho a solicitar la devolución de los montos entregados a la administración.
  11. La apertura de los sobres se realizara en forma pública el día 10 de marzo a las 17:00 horas en la Casa de la Cultura de la IDTT, procediéndose a la adjudicación del lugar correspondiente el 11 de marzo a las 18:00 horas. En caso de que ninguna de las ofertas cumpla con los requerimientos que se establecen, la Organización se reserva el derecho de declararlo desierto y efectuar un nuevo llamado.
  12. En el momento de estudiar las ofertas se tendrá en cuenta especialmente a los efectos de la adjudicación:
    1. Cumplimiento de las bases y condición del llamado.
    2. Monto ofrecido.
    3. Se dará atención preferencial a los residentes del departamento.
    4. Antecedentes.
    5. Condiciones que garanticen calidad en el suministro y efectividad.
  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, podrá, al amparo de lo establecido en el Art. Nº66 del TOCAF, en el caso de presentación de ofertas similares, entablar negociaciones con los respectivos oferentes con la finalidad de obtener mejores condiciones técnicas, de calidad o de precio.
  2. El 50% (ciencuenta por ciento) del monto ofertado deberá abonarse al otro día de la adjudicación, completándose dicho monto al momento de instalarse.
  3. El incumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio adjudicado o de las directivas impartidas por el Departamento de Higiene de la IDTT, dará lugar a que la institución, a través de la Dirección de Hacienda rescinda automáticamente el mismo. Para el caso de renuncia del adjudicatario o rescisión del contrato, este perderá el precio ofrecido y abonado.
  4. Para el caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas se aplicara una multa de 20 UR. En tanto no se de cumplimiento no podrán ser retiradas del local las mercaderías.
  5. En ningún caso se admitirá la cesión de las obligaciones derivadas de las propuestas del contrato.
  6. Debido a que los espectáculos programados se realizan al aire libre, la Organización se reserva el derecho de suspenderlos total o parcialmente  y/o modificar sus horarios, por razones de fuerza mayor, así como a modificar fechas, estas determinaciones no darán derecho a reclamación de tipo alguno por parte del preemisario, no pudiendo reclamarse la exoneración de pago alguno.
  7. Por el solo hecho de participar en el llamado, los interesados declaran que conocen y aceptan en todos los términos lo establecido en al normativa vigente.
  8. El contratante deberá autorizar y facilitar la actuación del personal Municipal, debidamente identificados que dejará constancia al momento de su actuación respectiva.
  9. Los oferentes deberán poner en la carátula del Sobre cerrado el Número del Llamado y el objeto del llamado a precio.
  10. Estará prohibido la conexión de hornos o cualquier tipo de calentadores eléctricos, se exigirá la colocación de lámparas de bajo consumo y se prohibirá reflectores de cualquier tipo.
  11. Para concretar la adjudicación el oferente deberá presentar carne de salud vigente y carne de manipulador de alimentos o constancia de haber realizado curso de todo el personal que actúe en el lugar.
  12. Las empresas que resulten adjudicatarias no podrán colocar publicidad de terceras empresas, salvo autorización de la Comisión Organizadora del Festival.

DEPARTAMENTO DE HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE

SECCIÓN BROMATOLOGÍA

FESTIVAL  A ORILLAS DEL OLIMAR - 2015

VENTA DE ALIMENTOS

Tipo de alimento permitido

  • Alimentos envasados: deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen.-
  • Alimentos que se preparan en el  lugar (tortas fritas, pasteles, empanadas, panchos, comida de olla, etc): La manipulación en el lugar debe ser la mínima posible (fritura, cocción, asado, etc).-
  • Bebidas, al igual que los alimentos envasados deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen. La venta debe ser en envases originales, no permitiéndose fraccionamiento. Deben ser abiertos en presencia del cliente.-
  • Vino con frutilla o similares: Se trata de tragos que deben serpreparados en el lugar  y  como tales deben ser entregados al consumidor final únicamente en vasos descartables o envases de primer uso (se prohíbe expresamente reutilizar botellas de plástico descartables).-
  • No se podrá reutilizar material descartable para  contacto directo con el alimento. Fundamenta esta prohibición evitar riesgos para la salud por contaminación a través de los mismos.-

Son obligaciones del adjudicatario:

  • Mantener en perfecto estado de higiene el lugar y su entorno cercano (colocación de recipientes para residuos con tapa dentro y fuera del puesto).-
  • La utilización en forma permanente de vestimenta (compuesta de uniforme, túnica o delantal) y gorro de color claro y en perfecto estado de conservación e higiene.-
  • Disponer permanentemente de Carnet de Salud vigente y Carnet de Manipulador de Alimentos (o constancia de haber realizado el Curso) de todo el personal que actúe en el lugar. Se presentará listado de todo el personal a trabajar en el lugar con sus correspondiente documentación.-
  • La manipulación higiénica de los productos que se expendan,
  • evitando el contacto directo de los alimentos con las manos del manipulador en el servicio de los mismos.-
  • lavado de manos cada vez que sea necesario.-
  • separación  de alimentos crudos de los que ya han sido cocidos o están prontos para el consumo.-
  • uso de ingredientes seguros.-
  • Asegurar la adecuada conservación del alimento hasta su consumo, protegidos del polvo y otro tipo de contaminación (prever la instalación de vitrinas u otro tipo de protección).  Los alimentos que así lo requieran deberán ser conservados en refrigeración.-
  • Concurrir a las reuniones que la Sección Bromatología cite con anterioridad al evento.-
  • Permitir la Inspección Bromatológica Municipal por parte de funcionarios debidamente autorizados y con la correspondiente identificación, en cualquier oportunidad y momento en que ello se disponga.-

 

 

Llamado Nº4

LLAMADO A OFERTAS PARA LA CONCESIÓN DE LOCALES COMERCIALES ALMACEN DE RAMOS GENERALES.

 

  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, a través de la Dirección de Hacienda (Oficina del Contador) llama a interesados en la instalación y explotación de puestos de almacén de ramos generales en el Parque del Rió Olimar desde el 28 de marzo al 01 de abril de 2015 de acuerdo a lo estipulado en las siguientes bases.
  2. Las ofertas deberán presentarse escritas a maquina, o PC, firmadas y con copia. Las expresiones de cantidad serán consignadas en letras y números. En caso de diferencias valdrá la suma expresada en letras.
  3. Con respecto a las bebidas solo podrán comercializar las marcas de  bebidas que designe la administración.
  4. Deberán ser presentadas personalmente por el oferente o quien le represente en sobre cerrado en la Dirección de Hacienda (Oficina del Cr.) de la IDTT, a partir del día 02 de marzo y hasta el día 09 de marzo del presente año, en el horario de atención al público o por mail si reside fuera de la ciudad de Treinta y Tres (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).
  5. El proponente deberá expresar nombre, apellido, cedula de identidad, teléfono y domicilio. Si es empresa unipersonal o sociedad, deberá indicar además razón social y RUT.
  6. La oferta deberá contar con una propuesta económica, que en ningún caso podrá ser menor de $ 40.000 (pesos uruguayos cuarenta mil).
  7. Los oferentes que posean antecedentes y/o referencias en servicios similares podrán agregarlos a su oferta, mediante la documentación probatoria.
  8. El adjudicatario deberá equipar el local con el mobiliario que amerite el servicio. La potencia de los equipos eléctricos no podrá exceder los 1000 watts.
  9. Solo podrá explotar los servicios solicitados, no pudiendo anexar otros.
  10. En el local de venta deberá colocarse carteles en los que se indique de manera bien visible los precios de venta de los artículos ofrecidos. El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a sanciones que la comisión determinará y que serán de carácter inapelable, las cuales podrán consistir en multas pecuniarias llegando incluso a la expulsión del oferente del lugar asignado, sin derecho a solicitar la devolución de los montos entregados a la administración.
  11. La apertura de los sobres se realizara en forma pública el día 10 de marzo a las 17:00 horas en la Casa de la Cultura de la IDTT, procediéndose a la adjudicación del lugar correspondiente el 11 de marzo a las 18:00 horas. En caso de que ninguna de las ofertas cumpla con los requerimientos que se establecen, la Organización se reserva el derecho de declararlo desierto y efectuar un nuevo llamado.
  12. En el momento de estudiar las ofertas se tendrá en cuenta especialmente a los efectos de la adjudicación:
    1. Cumplimiento de las bases y condición del llamado.
    2. Monto ofrecido.
    3. Se dará atención preferencial a los residentes del departamento.
    4. Antecedentes.
    5. Condiciones que garanticen calidad en el suministro y efectividad.

 

  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, podrá, al amparo de lo establecido en el Art. Nº66 del TOCAF, en el caso de presentación de ofertas similares, entablar negociaciones con los respectivos oferentes con la finalidad de obtener mejores condiciones técnicas, de calidad o de precio.
  2. El 50% (ciencuenta por ciento) del monto ofertado deberá abonarse al otro día de la adjudicación, completándose dicho monto al momento de instalarse.
  3. El incumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio adjudicado o de las directivas impartidas por el Departamento de Higiene de la IDTT, dará lugar a que la institución, a través de la Dirección de Hacienda rescinda automáticamente el mismo. Para el caso de renuncia del adjudicatario o rescisión del contrato, este perderá el precio ofrecido y abonado.
  4. Para el caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas se aplicara una multa de 100 UR. En tanto no se de cumplimiento no podrán ser retiradas del local las mercaderías.
  5. En ningún caso se admitirá la cesión de las obligaciones derivadas de las propuestas del contrato.
  6. Debido a que los espectáculos programados se realizan al aire libre, la Organización se reserva el derecho de suspenderlos total o parcialmente  y/o modificar sus horarios, por razones de fuerza mayor, así como a modificar fechas, estas determinaciones no darán derecho a reclamación de tipo alguno por parte del preemisario, no pudiendo reclamarse la exoneración de pago alguno.
  7. Por el solo hecho de participar en el llamado, los interesados declaran que conocen y aceptan en todos los términos lo establecido en la normativa vigente.
  8. El contratante deberá autorizar y facilitar la actuación del personal Municipal, debidamente identificados que dejará constancia al momento de su actuación respectiva.
  9. Los oferentes deberán poner en la carátula del Sobre cerrado el Número del Llamado y el objeto del llamado a precio.
  10. Estará prohibido la conexión de hornos o cualquier tipo de calentadores eléctricos, se exigirá la colocación de lámparas de bajo consumo y se prohibirá reflectores de cualquier tipo.
  11. Para concretar la adjudicación el oferente deberá presentar carne de salud vigente y carne de manipulador de alimentos o constancia de haber realizado curso de todo el personal que actúe en el lugar.
  12. Solo se podrá comercializar las bebidas que proveerá la empresa que resulte adjudicataria para la venta de los referidos productos en el predio del Rio Olimar. La Intendencia de Treinta y Tres fijara el precio máximo y mínimo de cada bebida.
  13. Las empresas que resulten adjudicatarias no podrán colocar publicidad de terceras empresas, salvo autorización de la Comisión Organizadora del Festival.

 

  

 

DEPARTAMENTO DE HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE

SECCIÓN BROMATOLOGÍA

FESTIVAL  A ORILLAS DEL OLIMAR - 2015

 

VENTA DE ALIMENTOS

 

Tipo de alimento permitido

  • Alimentos envasados: deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen.-
  • Alimentos que se preparan en el  lugar (tortas fritas, pasteles, empanadas, panchos, comida de olla, etc): La manipulación en el lugar debe ser la mínima posible (fritura, cocción, asado, etc).-
  • Bebidas, al igual que los alimentos envasados deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen. La venta debe ser en envases originales, no permitiéndose fraccionamiento. Deben ser abiertos en presencia del cliente.-
  • Vino con frutilla o similares: Se trata de tragos que deben ser preparados en el lugar  y  como tales deben ser entregados al consumidor final únicamente en vasos descartables o envases de primer uso (se prohíbe expresamente reutilizar botellas de plástico descartables).-
  • No se podrá reutilizar material descartable para  contacto directo con el alimento. Fundamenta esta prohibición evitar riesgos para la salud por contaminación a través de los mismos.-

 

Son obligaciones del adjudicatario:

  • Mantener en perfecto estado de higiene el lugar y su entorno cercano (colocación de recipientes para residuos con tapa dentro y fuera del puesto).-
  • La utilización en forma permanente de vestimenta (compuesta de uniforme, túnica o delantal) y gorro de color claro y en perfecto estado de conservación e higiene.-
  • Disponer permanentemente de Carnet de Salud vigente y Carnet de Manipulador de Alimentos (o constancia de haber realizado el Curso) de todo el personal que actúe en el lugar. Se presentará listado de todo el personal a trabajar en el lugar con sus correspondiente documentación.-
  • La manipulación higiénica de los productos que se expendan,

o   evitando el contacto directo de los alimentos con las manos del manipulador en el servicio de los mismos.-

o   lavado de manos cada vez que sea necesario.-

o   separación  de alimentos crudos de los que ya han sido cocidos o están prontos para el consumo.-

o   uso de ingredientes seguros.-

 

  • Asegurar la adecuada conservación del alimento hasta su consumo, protegidos del polvo y otro tipo de contaminación (prever la instalación de vitrinas u otro tipo de protección).  Los alimentos que así lo requieran deberán ser conservados en refrigeración.-
  • Concurrir a las reuniones que la Sección Bromatología cite con anterioridad al evento.-
  • Permitir la Inspección Bromatológica Municipal por parte de funcionarios debidamente autorizados y con la correspondiente identificación, en cualquier oportunidad y momento en que ello se disponga.-

 

 

Llamado Nº5

LLAMADO A OFERTAS PARA LA CONCESIÓN DE LOCALES COMERCIALES GASTRONOMICOS FOGÓN Nro. 2

  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, a través de la Dirección de Hacienda (Oficina del Contador) llama a interesados en la instalación y explotación de puestos de almacén de ramos generales en el Parque del Rió Olimar desde el 28 de marzo al 01 de abril de 2015 de acuerdo a lo estipulado en las siguientes bases.
  2. Las ofertas deberán presentarse escritas a maquina, o PC, firmadas y con copia. Las expresiones de cantidad serán consignadas en letras y números. En caso de diferencias valdrá la suma expresada en letras.
  3. Con respecto a las bebidas solo podrán comercializar las marcas de  bebidas que designe la administración.
  4. Deberán ser presentadas personalmente por el oferente o quien le represente en sobre cerrado en la Dirección de Hacienda (Oficina del Cr.) de la IDTT, a partir del día 02 de marzo hasta el día 09 de marzo del presente año, en el horario de atención al público o por mail si reside fuera de la ciudad de Treinta y Tres (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).
  5. El proponente deberá expresar nombre, apellido, cedula de identidad, teléfono y domicilio. Si es empresa unipersonal o sociedad, deberá indicar además razón social y RUT.
  6. La oferta deberá contar con una propuesta económica, que en ningún caso podrá ser menor de $ 110.000 (pesos uruguayos ciento diez mil).
  7. Los oferentes que posean antecedentes y/o referencias en servicios similares podrán agregarlos a su oferta, mediante la documentación probatoria.
  8. El adjudicatario deberá equipar el local con el mobiliario que amerite el servicio. La potencia de los equipos eléctricos no podrá exceder los 5000 watts.
  9. Solo podrá explotar los servicios solicitados, no pudiendo anexar otros.
  10. En el local de venta deberá colocarse carteles en los que se indique de manera bien visible los precios de venta de los artículos ofrecidos. El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a sanciones que la comisión determinará y que serán de carácter inapelable, las cuales podrán consistir en multas pecuniarias llegando incluso a la expulsión del oferente del lugar asignado, sin derecho a solicitar la devolución de los montos entregados a la administración.
  11. La apertura de los sobres se realizara en forma pública el día 10 de marzo a las 17:00 horas en la Casa de la Cultura de la IDTT, procediéndose a la adjudicación del lugar correspondiente el 11 de marzo a las 18:00 horas. En caso de que ninguna de las ofertas cumpla con los requerimientos que se establecen, la Organización se reserva el derecho de declararlo desierto y efectuar un nuevo llamado.
  12. En el momento de estudiar las ofertas se tendrá en cuenta especialmente a los efectos de la adjudicación:
    1. Cumplimiento de las bases y condición del llamado.
    2. Monto ofrecido.
    3. Se dará atención preferencial a los residentes del departamento.
    4. Antecedentes.
    5. Condiciones que garanticen calidad en el suministro y efectividad.
  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, podrá, al amparo de lo establecido en el Art. Nº66 del TOCAF, en el caso de presentación de ofertas similares, entablar negociaciones con los respectivos oferentes con la finalidad de obtener mejores condiciones técnicas, de calidad o de precio.
  2. El 50% (ciencuenta por ciento) del monto ofertado deberá abonarse al otro día de la adjudicación, completándose dicho monto al momento de instalarse.
  3. El incumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio adjudicado o de las directivas impartidas por el Departamento de Higiene de la IDTT, dará lugar a que la institución, a través de la Dirección de Hacienda rescinda automáticamente el mismo. Para el caso de renuncia del adjudicatario o rescisión del contrato, este perderá el precio ofrecido y abonado.
  4. Para el caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas se aplicara una multa de 100 UR. En tanto no se de cumplimiento no podrán ser retiradas del local las mercaderías.
  5. En ningún caso se admitirá la cesión de las obligaciones derivadas de las propuestas del contrato.
  6. Debido a que los espectáculos programados se realizan al aire libre, la Organización se reserva el derecho de suspenderlos total o parcialmente  y/o modificar sus horarios, por razones de fuerza mayor, así como a modificar fechas, estas determinaciones no darán derecho a reclamación de tipo alguno por parte del preemisario, no pudiendo reclamarse la exoneración de pago alguno.
  7. Por el solo hecho de participar en el llamado, los interesados declaran que conocen y aceptan en todos los términos lo establecido en la normativa vigente.
  8. El contratante deberá autorizar y facilitar la actuación del personal Municipal, debidamente identificados que dejará constancia al momento de su actuación respectiva.
  9. Los oferentes deberán poner en la carátula del Sobre cerrado el Número del Llamado y el objeto del llamado a precio.
  10. Estará prohibido la conexión de hornos o cualquier tipo de calentadores eléctricos, se exigirá la colocación de lámparas de bajo consumo y se prohibirá reflectores de cualquier tipo.
  11. Para concretar la adjudicación el oferente deberá presentar carne de salud vigente y carne de manipulador de alimentos o constancia de haber realizado curso de todo el personal que actúe en el lugar.
  12. Solo se podrá comercializar las bebidas que proveerá la empresa que resulte adjudicataria para la venta de los referidos productos en el predio del Rio Olimar. La Intendencia de Treinta y Tres fijara el precio máximo y mínimo de cada bebida.
  13. Detallar actividades que piensa realizar, tipo de comidas, bebidas a comercializar y equipamiento que piensa instalar (equipos de frío, vitrina, deposito para agua potable).
  14. Las empresas que resulten adjudicatarias no podrán colocar publicidad de terceras empresas, salvo autorización de la Comisión Organizadora del Festival.

 

DEPARTAMENTO DE HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE

SECCIÓN BROMATOLOGÍA

FESTIVAL  A ORILLAS DEL OLIMAR - 2015

VENTA DE ALIMENTOS

Tipo de alimento permitido

  • Alimentos envasados: deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen.-
  • Alimentos que se preparan en el  lugar (tortas fritas, pasteles, empanadas, panchos, comida de olla, etc): La manipulación en el lugar debe ser la mínima posible (fritura, cocción, asado, etc).-
  • Bebidas, al igual que los alimentos envasados deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen. La venta debe ser en envases originales, no permitiéndose fraccionamiento. Deben ser abiertos en presencia del cliente.-
  • Vino con frutilla o similares: Se trata de tragos que deben serpreparados en el lugar  y  como tales deben ser entregados al consumidor final únicamente en vasos descartables o envases de primer uso (se prohíbe expresamente reutilizar botellas de plástico descartables).-
  • No se podrá reutilizar material descartable para  contacto directo con el alimento. Fundamenta esta prohibición evitar riesgos para la salud por contaminación a través de los mismos.-

Son obligaciones del adjudicatario:

  • Mantener en perfecto estado de higiene el lugar y su entorno cercano (colocación de recipientes para residuos con tapa dentro y fuera del puesto).-
  • La utilización en forma permanente de vestimenta (compuesta de uniforme, túnica o delantal) y gorro de color claro y en perfecto estado de conservación e higiene.-
  • Disponer permanentemente de Carnet de Salud vigente y Carnet de Manipulador de Alimentos (o constancia de haber realizado el Curso) de todo el personal que actúe en el lugar. Se presentará listado de todo el personal a trabajar en el lugar con sus correspondiente documentación.-
  • La manipulación higiénica de los productos que se expendan,
  • evitando el contacto directo de los alimentos con las manos del manipulador en el servicio de los mismos.-
  • lavado de manos cada vez que sea necesario.-
  • separación  de alimentos crudos de los que ya han sido cocidos o están prontos para el consumo.-
  • uso de ingredientes seguros.-
  • Asegurar la adecuada conservación del alimento hasta su consumo, protegidos del polvo y otro tipo de contaminación (prever la instalación de vitrinas u otro tipo de protección).  Los alimentos que así lo requieran deberán ser conservados en refrigeración.-
  • Concurrir a las reuniones que la Sección Bromatología cite con anterioridad al evento.-
  • Permitir la Inspección Bromatológica Municipal por parte de funcionarios debidamente autorizados y con la correspondiente identificación, en cualquier oportunidad y momento en que ello se disponga.-

 

 

 

Llamado Nº6

LLAMADO A OFERTAS PARA LA CONCESIÓN DE LOCALES COMERCIALES GASTRONOMICOS FOGÓN Nro. 3

  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, a través de la Dirección de Hacienda (Oficina del Contador) llama a interesados en la instalación y explotación de puestos de almacén de ramos generales en el Parque del Rió Olimar desde el 28 de marzo al 01 de abril de 2015 de acuerdo a lo estipulado en las siguientes bases.
  2. Las ofertas deberán presentarse escritas a maquina, o PC, firmadas y con copia. Las expresiones de cantidad serán consignadas en letras y números. En caso de diferencias valdrá la suma expresada en letras.
  3. Con respecto a las bebidas solo podrán comercializar las marcas de  bebidas que designe la administración.
  4. Deberán ser presentadas personalmente por el oferente o quien le represente en sobre cerrado en la Dirección de Hacienda (Oficina del Cr.) de la IDTT, a partir del día 02 de marzo hasta el día 09 de marzo del presente año, en el horario de atención al público o por mail si reside fuera de la ciudad de Treinta y Tres (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).
  5. El proponente deberá expresar nombre, apellido, cedula de identidad, teléfono y domicilio. Si es empresa unipersonal o sociedad, deberá indicar además razón social y RUT.
  6. La oferta deberá contar con una propuesta económica, que en ningún caso podrá ser menor de $ 110.000 (pesos uruguayos ciento diez mil).
  7. Los oferentes que posean antecedentes y/o referencias en servicios similares podrán agregarlos a su oferta, mediante la documentación probatoria.
  8. El adjudicatario deberá equipar el local con el mobiliario que amerite el servicio. La potencia de los equipos eléctricos no podrá exceder los 5000 watts.
  9. Solo podrá explotar los servicios solicitados, no pudiendo anexar otros.
  10. En el local de venta deberá colocarse carteles en los que se indique de manera bien visible los precios de venta de los artículos ofrecidos. El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a sanciones que la comisión determinará y que serán de carácter inapelable, las cuales podrán consistir en multas pecuniarias llegando incluso a la expulsión del oferente del lugar asignado, sin derecho a solicitar la devolución de los montos entregados a la administración.
  11. La apertura de los sobres se realizara en forma pública el día 10 de marzo a las 17:00 horas en la Casa de la Cultura de la IDTT, procediéndose a la adjudicación del lugar correspondiente el 11 de marzo a las 18:00 horas. En caso de que ninguna de las ofertas cumpla con los requerimientos que se establecen, la Organización se reserva el derecho de declararlo desierto y efectuar un nuevo llamado.
  12. En el momento de estudiar las ofertas se tendrá en cuenta especialmente a los efectos de la adjudicación:
    1. Cumplimiento de las bases y condición del llamado.
    2. Monto ofrecido.
    3. Se dará atención preferencial a los residentes del departamento.
    4. Antecedentes.
    5. Condiciones que garanticen calidad en el suministro y efectividad.
  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, podrá, al amparo de lo establecido en el Art. Nº66 del TOCAF, en el caso de presentación de ofertas similares, entablar negociaciones con los respectivos oferentes con la finalidad de obtener mejores condiciones técnicas, de calidad o de precio.
  2. El 50% (cincuenta por ciento) del monto ofertado deberá abonarse al otro día de la adjudicación en la Dirección de Hacienda, completándose dicho monto al momento de instalarse.
  3. El incumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio adjudicado o de las directivas impartidas por el Departamento de Higiene de la IDTT, dará lugar a que la institución, a través de la Dirección de Hacienda rescinda automáticamente el mismo. Para el caso de renuncia del adjudicatario o rescisión del contrato, este perderá el precio ofrecido y abonado.
  4. Para el caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas se aplicara una multa de 100 UR. En tanto no se de cumplimiento no podrán ser retiradas del local las mercaderías.
  5. En ningún caso se admitirá la cesión de las obligaciones derivadas de las propuestas del contrato.
  6. Debido a que los espectáculos programados se realizan al aire libre, la Organización se reserva el derecho de suspenderlos total o parcialmente  y/o modificar sus horarios, por razones de fuerza mayor, así como a modificar fechas, estas determinaciones no darán derecho a reclamación de tipo alguno por parte del preemisario, no pudiendo reclamarse la exoneración de pago alguno.
  7. Por el solo hecho de participar en el llamado, los interesados declaran que conocen y aceptan en todos los términos lo establecido en la normativa vigente.
  8. El contratante deberá autorizar y facilitar la actuación del personal Municipal, debidamente identificados que dejará constancia al momento de su actuación respectiva.
  9. Los oferentes deberán poner en la carátula del Sobre cerrado el Número del Llamado y el objeto del llamado a precio.
  10. Estará prohibido la conexión de hornos o cualquier tipo de calentadores eléctricos, se exigirá la colocación de lámparas de bajo consumo y se prohibirá reflectores de cualquier tipo.
  11. Para concretar la adjudicación el oferente deberá presentar carne de salud vigente y carne de manipulador de alimentos o constancia de haber realizado curso de todo el personal que actúe en el lugar.
  12. Solo se podrá comercializar las bebidas que proveerá la empresa que resulte adjudicataria para la venta de los referidos productos en el predio del Rio Olimar. La Intendencia de Treinta y Tres fijara el precio máximo y mínimo de cada bebida.
  13. Detallar actividades que piensa realizar, tipo de comidas, bebidas a comercializar y equipamiento que piensa instalar (equipos de frío, vitrina, deposito para agua potable).
  14. Las empresas que resulten adjudicatarias no podrán colocar publicidad de terceras empresas, salvo autorización de la Comisión Organizadora del Festival.

  

DEPARTAMENTO DE HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE

SECCIÓN BROMATOLOGÍA

FESTIVAL  A ORILLAS DEL OLIMAR - 2015

VENTA DE ALIMENTOS

Tipo de alimento permitido

  • Alimentos envasados: deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen.-
  • Alimentos que se preparan en el  lugar (tortas fritas, pasteles, empanadas, panchos, comida de olla, etc): La manipulación en el lugar debe ser la mínima posible (fritura, cocción, asado, etc).-
  • Bebidas, al igual que los alimentos envasados deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen. La venta debe ser en envases originales, no permitiéndose fraccionamiento. Deben ser abiertos en presencia del cliente.-
  • Vino con frutilla o similares: Se trata de tragos que deben serpreparados en el lugar  y  como tales deben ser entregados al consumidor final únicamente en vasos descartables o envases de primer uso (se prohíbe expresamente reutilizar botellas de plástico descartables).-
  • No se podrá reutilizar material descartable para  contacto directo con el alimento. Fundamenta esta prohibición evitar riesgos para la salud por contaminación a través de los mismos.-

Son obligaciones del adjudicatario:

  • Mantener en perfecto estado de higiene el lugar y su entorno cercano (colocación de recipientes para residuos con tapa dentro y fuera del puesto).-
  • La utilización en forma permanente de vestimenta (compuesta de uniforme, túnica o delantal) y gorro de color claro y en perfecto estado de conservación e higiene.-
  • Disponer permanentemente de Carnet de Salud vigente y Carnet de Manipulador de Alimentos (o constancia de haber realizado el Curso) de todo el personal que actúe en el lugar. Se presentará listado de todo el personal a trabajar en el lugar con sus correspondiente documentación.-
  • La manipulación higiénica de los productos que se expendan,
  • evitando el contacto directo de los alimentos con las manos del manipulador en el servicio de los mismos.-
  • lavado de manos cada vez que sea necesario.-
  • separación  de alimentos crudos de los que ya han sido cocidos o están prontos para el consumo.-
  • uso de ingredientes seguros.-
  • Asegurar la adecuada conservación del alimento hasta su consumo, protegidos del polvo y otro tipo de contaminación (prever la instalación de vitrinas u otro tipo de protección).  Los alimentos que así lo requieran deberán ser conservados en refrigeración.-
  • Concurrir a las reuniones que la Sección Bromatología cite con anterioridad al evento.-
  • Permitir la Inspección Bromatológica Municipal por parte de funcionarios debidamente autorizados y con la correspondiente identificación, en cualquier oportunidad y momento en que ello se disponga.-

 

Llamado Nº7

LLAMADO A OFERTAS PARA LA CONCESIÓN DE LOCALES COMERCIALES VENTA DE LEÑA

  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, a través de la Dirección de Hacienda (Oficina del Contador) llama a interesados para la explotación de puestos de venta de leña en el Parque del Rió Olimar desde el 28 de marzo al 01 de abril de 2015 de acuerdo a lo estipulado en las siguientes bases.
  2. Las ofertas deberán presentarse escritas a maquina, o PC, firmadas y con copia. Las expresiones de cantidad serán consignadas en letras y números. En caso de diferencias valdrá la suma expresada en letras.
  3. Deberán ser presentadas personalmente por el oferente o quien le represente en sobre cerrado en la Dirección de Hacienda (Oficina del Cr.) de la IDTT, a partir del día 02 de marzo hasta el día 09 de marzo del presente año, en el horario de atención al público o por mail si reside fuera de la ciudad de Treinta y Tres (festival2015treintaytres.gub.uy).
  4. El proponente deberá expresar nombre, apellido, cedula de identidad, teléfono y domicilio. Si es empresa unipersonal o sociedad, deberá indicar además razón social y RUT.
  5. La oferta deberá contar con una propuesta económica, que en ningún caso podrá ser menor de $ 5.000 (pesos uruguayos cinco mil).
  6. Los oferentes que posean antecedentes y/o referencias en servicios similares podrán agregarlos a su oferta, mediante la documentación probatoria.
  7. El adjudicatario deberá equipar el local con el mobiliario que amerite el servicio.
  8. Solo podrá explotar los servicios solicitados, no pudiendo anexar otros.
  9. En el local de venta deberá colocarse carteles en los que se indique de manera bien visible los precios de venta de los artículos ofrecidos. El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a sanciones que la comisión determinará y que serán de carácter inapelable, las cuales podrán consistir en multas pecuniarias llegando incluso a la expulsión del oferente del lugar asignado, sin derecho a solicitar la devolución de los montos entregados a la administración.
  10. La apertura de los sobres se realizara en forma pública el día 10 de marzo a las 17:00 horas en la Casa de la Cultura de la IDTT, procediéndose a la adjudicación del lugar correspondiente el 11 marzo a las 18:00 horas. En caso de que ninguna de las ofertas cumpla con los requerimientos que se establecen, la Organización se reserva el derecho de declararlo desierto y efectuar un nuevo llamado.
  11. En el momento de estudiar las ofertas se tendrá en cuenta especialmente a los efectos de la adjudicación:
    1. Cumplimiento de las bases y condición del llamado.
    2. Monto ofrecido.
    3. Se dará atención preferencial a los residentes del departamento.
    4. Antecedentes.
    5. Condiciones que garanticen calidad en el suministro y efectividad.
  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, podrá, al amparo de lo establecido en el Art. Nº66 del TOCAF, en el caso de presentación de ofertas similares, entablar negociaciones con los respectivos oferentes con la finalidad de obtener mejores condiciones técnicas, de calidad o de precio.
  2. El 50% (cincuenta por ciento) del monto ofertado deberá abonarse al otro día de la adjudicación en la Dirección de Hacienda, completándose dicho monto al momento de instalarse.
  3. El incumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio adjudicado o de las directivas impartidas por el Departamento de Higiene de la IDTT, dará lugar a que la institución, a través de la Dirección de Hacienda rescinda automáticamente el mismo. Para el caso de renuncia del adjudicatario o rescisión del contrato, este perderá el precio ofrecido y abonado.
  4. Para el caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas se aplicara una multa de 20 UR. En tanto no se de cumplimiento no podrán ser retiradas del local las mercaderías.
  5. En ningún caso se admitirá la cesión de las obligaciones derivadas de las propuestas del contrato.
  6. Debido a que los espectáculos programados se realizan al aire libre, la Organización se reserva el derecho de suspenderlos total o parcialmente  y/o modificar sus horarios, por razones de fuerza mayor, así como a modificar fechas, estas determinaciones no darán derecho a reclamación de tipo alguno por parte del preemisario, no pudiendo reclamarse la exoneración de pago alguno.
  7. Por el solo hecho de participar en el llamado, los interesados declaran que conocen y aceptan en todos los términos lo establecido en la normativa vigente.
  8. El contratante deberá autorizar y facilitar la actuación del personal Municipal, debidamente identificados que dejará constancia al momento de su actuación respectiva.
  9. Los oferentes deberán poner en la carátula del Sobre cerrado el Número del Llamado y el objeto del llamado a precio.
  10. Las empresas que resulten adjudicatarias no podrán colocar publicidad de terceras empresas, salvo autorización de la Comisión Organizadora del Festival.

 

Llamado Nº8

LLAMADO A OFERTAS PARA LA CONCESIÓN DE LOCALES COMERCIALES GASTRONOMICOS: 
CARROS GASTRONOMICOS

  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, a través de la Dirección de Hacienda (Oficina del Contador) llama a interesados en la instalación y explotación de carros gastronómicos en el parque del Río Olimar desde el 28 de marzo al 01 de abril de 2015 de acuerdo a lo estipulado en las siguientes bases y en los espacios físicos determinados a tales efectos.
  2. Las ofertas deberán presentarse escritas a maquina, o PC, firmadas y con copia. Las expresiones de cantidad serán consignadas en letras y números. En caso de diferencias valdrá la suma expresada en letras.
  3. Detallar actividades que piensa realizar, tipo de comidas,  bebidas a comercializar y equipamiento que piensa instalar (equipos de frío, vitrinas, deposito para agua potable, etc).
  4. Con respecto a las bebidas solo podrán comercializar las marcas de  bebidas que designe la administración.
  5. Deberán ser presentadas personalmente por el oferente o quien le represente en sobre cerrado en la Dirección de Hacienda (Oficina del Cr.) de la IDTT, a partir del día 02 de marzo hasta el día 09 de marzo del presente año, en el horario de atención al público  o por mail si reside fuera de la ciudad de Treinta y Tres (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).
  6. El proponente deberá expresar nombre, apellido, cedula de identidad, teléfono y domicilio. Si es empresa unipersonal o sociedad, deberá indicar además razón social y RUT.
  7. La oferta deberá contar con una propuesta económica, que en ningún caso podrá ser menor de $ 11.000 (pesos uruguayos once mil).
  8. Los oferentes que posean antecedentes y/o referencias en servicios similares podrán agregarlos a su oferta, mediante la documentación probatoria.
  9. El adjudicatario deberá equipar el local con el mobiliario que amerite el servicio. La potencia de los equipos eléctricos no podrá exceder los 1000 watts.
  10. En el local de venta deberá colocarse carteles en los que se indique de manera bien visible los precios de venta de los artículos ofrecidos. El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a sanciones que la comisión determinará y que serán de carácter inapelable.
  11. La apertura de los sobres se realizara en forma pública el día 10 de marzo a las 17:00 horas en la Casa de la Cultura de la IDTT, procediéndose a la adjudicación del lugar correspondiente el 11 de marzo a las 18:00 horas. En caso de que ninguna de las ofertas cumpla con los requerimientos que se establecen, la Organización se reserva el derecho de declararlo desierto y efectuar un nuevo llamado.
  12. En el momento de estudiar las ofertas se tendrá en cuenta especialmente a los efectos de la adjudicación:
    1. Cumplimiento de las bases y condición del llamado.
    2. Monto ofrecido.
    3. Se dará atención preferencial a los residentes del departamento.
    4. Antecedentes.
    5. Condiciones que garanticen calidad en el suministro y efectividad.
  1. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, podrá, al amparo de lo establecido en el Art. Nº66 del TOCAF, en el caso de presentación de ofertas similares, entablar negociaciones con los respectivos oferentes con la finalidad de obtener mejores condiciones técnicas, de calidad o de precio.
  2. El 50% (cincuenta por ciento) del monto ofertado deberá abonarse al otro día de la adjudicación en la Dirección de Hacienda, completándose dicho monto al momento de instalarse.
  3. El incumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio adjudicado o de las directivas impartidas por el Departamento de Higiene de la IDTT, dará lugar a que la institución, a través de la Dirección de Hacienda rescinda automáticamente el mismo. Para el caso de renuncia del adjudicatario, este perderá el precio ofrecido y abonado.
  4. Para el caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas se aplicara una multa de 20 UR. En tanto no se de cumplimiento no podrán ser retiradas del local las mercaderías.
  5. En ningún caso se admitirá la cesión de las obligaciones derivadas de las propuestas del contrato.
  6. Debido a que los espectáculos programados se realizan al aire libre, la Organización se reserva el derecho de suspenderlos total o parcialmente  y/o modificar sus horarios, por razones de fuerza mayor, así como a modificar fechas, estas determinaciones no darán derecho a reclamación de tipo alguno por parte del preemisario, no pudiendo reclamarse la exoneración de pago alguno.
  7. Por el solo hecho de participar en el llamado, los interesados declaran que conocen y aceptan en todos los términos lo establecido en la normativa vigente.
  8. El contratante deberá autorizar y facilitar la actuación del personal Municipal, debidamente identificados que dejará constancia al momento de su actuación respectiva.
  9. Los oferentes deberán poner en la carátula del Sobre cerrado el Número del Llamado y el objeto del llamado a precio.
  10. Estará prohibido la conexión de hornos o cualquier tipo de calentadores eléctricos, se exigirá la colocación de lámparas de bajo consumo y se prohibirá reflectores de cualquier tipo.
  11. Para concretar la adjudicación el oferente deberá presentar carne de salud vigente y carne de manipulador de alimentos o constancia de haber realizado curso de todo el personal que actúe en el lugar.
  12. Sólo se podrá comercializar las bebidas que proveerá la empresa que resulte adjudicataria para la venta de los referidos productos en el predio del Rio Olimar. La Intendencia Departamental de Treinta y Tres fijara el precio máximo y mínimo de venta de cada bebida.
  13. Las empresas que resulten adjudicatarias no podrán colocar publicidad de terceras empresas, salvo autorización de la Comisión Organizadora del Festival.

  

DEPARTAMENTO DE HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE

SECCIÓN BROMATOLOGÍA

FESTIVAL  A ORILLAS DEL OLIMAR - 2015

VENTA DE ALIMENTOS

Tipo de alimento permitido

  • Alimentos envasados: deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen.-
  • Alimentos que se preparan en el  lugar (tortas fritas, pasteles, empanadas, panchos, comida de olla, etc): La manipulación en el lugar debe ser la mínima posible (fritura, cocción, asado, etc).-
  • Bebidas, al igual que los alimentos envasados deben contar con Habilitación y Registro Bromatológico en el lugar de orígen. La venta debe ser en envases originales, no permitiéndose fraccionamiento. Deben ser abiertos en presencia del cliente.-
  • Vino con frutilla o similares: Se trata de tragos que deben serpreparados en el lugar  y  como tales deben ser entregados al consumidor final únicamente en vasos descartables o envases de primer uso (se prohíbe expresamente reutilizar botellas de plástico descartables).-
  • No se podrá reutilizar material descartable para  contacto directo con el alimento. Fundamenta esta prohibición evitar riesgos para la salud por contaminación a través de los mismos.-

Son obligaciones del adjudicatario:

  • Mantener en perfecto estado de higiene el lugar y su entorno cercano (colocación de recipientes para residuos con tapa dentro y fuera del puesto).-
  • La utilización en forma permanente de vestimenta (compuesta de uniforme, túnica o delantal) y gorro de color claro y en perfecto estado de conservación e higiene.-
  • Disponer permanentemente de Carnet de Salud vigente y Carnet de Manipulador de Alimentos (o constancia de haber realizado el Curso) de todo el personal que actúe en el lugar. Se presentará listado de todo el personal a trabajar en el lugar con sus correspondiente documentación.-
  • La manipulación higiénica de los productos que se expendan,
  • evitando el contacto directo de los alimentos con las manos del manipulador en el servicio de los mismos.-
  • lavado de manos cada vez que sea necesario.-
  • separación  de alimentos crudos de los que ya han sido cocidos o están prontos para el consumo.-
  • uso de ingredientes seguros.-
  • Asegurar la adecuada conservación del alimento hasta su consumo, protegidos del polvo y otro tipo de contaminación (prever la instalación de vitrinas u otro tipo de protección).  Los alimentos que así lo requieran deberán ser conservados en refrigeración.-
  • Concurrir a las reuniones que la Sección Bromatología cite con anterioridad al evento.-
  • Permitir la Inspección Bromatológica Municipal por parte de funcionarios debidamente autorizados y con la correspondiente identificación, en cualquier oportunidad y momento en que ello se disponga.-

 

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